Fri, 08/04/2023 - 17:53

Medios de comunicación no podrán publicar encuestas políticas que no estén avaladas por el CNE

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Esta restricción está contemplada en el artículo 33 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, que regula la participación democrática en Colombia.

No te dejes engañar con supuestas encuestas electorales

Ante la proximidad de las elecciones, es importante recordar que por ley los medios de comunicación tienen prohibido publicar o difundir encuestas electorales de firmas que no estén avaladas por el Consejo Nacional Electoral.

Además, los medios de comunicación tampoco podrán realizar este tipo de sondeo, y mucho menos, si buscan beneficiar a algún candidato.

Cualquier sondeo de este tipo que circulen en medios o redes es ilegal y posiblemente tendencioso. Su objetivo puede ser manipular la intención de voto de los ciudadanos.

No confíes en información sesgada o de procedencia dudosa. Verifica siempre la fuente antes de compartir o creer en presuntos sondeos de opinión política.

El objetivo es evitar que la difusión de estos estudios pueda influir en la decisión de los electores poco antes de los comicios. Se busca proteger el derecho al voto informado y la transparencia del proceso electoral.

Los únicos autorizados para realizar y conocer mediciones de intención de voto durante ese periodo son los partidos y movimientos políticos, pero no pueden hacer difusión pública de los mismos.

Los medios que incumplan esta restricción se exponen a sanciones penales y administrativas. Así, la ley busca garantizar elecciones libres de injerencias y con total libertad de elección por parte de los ciudadanos.

Tu voto es libre y debe basarse en un análisis serio de las propuestas y los candidatos. No permitas que nadie lo influencie con falsas encuestas.

El Consejo Nacional Electoral impuso una sanción a un medio de comunicación por publicar una encuesta electoral, a través de redes sociales, sin confirmar su veracidad.
La multa afecta a la emisora BLU Radio, por haber publicado en su perfil de twitter una encuesta que supuestamente había sido realizada por la firma encuestadora Cifras & Conceptos.

Los hechos objeto de análisis jurídico tienen relación con una queja que fue presentada, en 2019, por el gerente de la firma, quien argumentó que la denominada encuesta no fue realizada por ellos.

El CNE ordenó adelantar una investigación de conformidad con las facultades constitucionales establecidas en el artículo 265.

La sala plena en sesión de hoy concluyó que se vulneró la normatividad electoral “La ausencia de certeza sobre la fiabilidad de la encuesta compartida por el investigado genera un manto de incertidumbre sobre la veracidad de la información, la cual pudo haber influido en la opinión de los electores”.

Se procedió a imponer una multa en cumplimiento de los artículos 30 de la Ley 130 de 1994, y el 1, 4, 5, 7 y 11 de la resolución 23 de 1996.

Fuente : periodicovirtual.com/

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