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Veda de pescado en la orinoquia Colombiana
Se aproxima la veda entre el 1 de Mayo y el 30 de Junio de 2015
La Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca AUNAP, informa que con el fin de contribuir con la pesca sostenible y la conservación del recurso pesquero, nuevamente vigilará el cumplimiento de la veda que prohíbe el acopio, procesamiento, comercialización y transporte tanto de peces ornamentales como de consumo provenientes de la cuenca del río Orinoco, a centros de acopio y establecimientos comerciales tales como: pesqueras, plazas de mercado, restaurantes y demás lugares de atención al público, durante el período comprendido entre el 1 de mayo al 30 de junio del presente año.
La AUNAP como entidad encargada de realizar el ordenamiento, administración, control y regulación para el aprovechamiento y desarrollo sostenible de los recursos pesqueros, busca proteger y garantizar que especies de peces tanto ornamentales como de consumo den inicio a su ciclo reproductivo, el cual tiene su pico en la época de lluvias cuando los estímulos ambientales, principalmente la entrada del invierno, son los activadores de éste.
Para los peces de consumo, como Bagres Rayados, Dorados ó Amarillos, entre otros, la veda se extiende por toda la cuenca del Orinoco y sus ríos tributarios en los departamentos de Arauca, Casanare, Guainía, Guaviare, Meta, Vaupés y Vichada.
En el caso de los peces ornamentales, como las Rayas, Cuchas, Catalinas, Cardenales, Corredoras, entre otros, la veda se extenderá por Arauca, Vichada y Guainía.
Con el fin de garantizar el control durante esta época, la AUNAP en coordinación con la Policía Ambiental, el Ejercito, la Armada Nacional, la Fiscalía y las Autoridades portuarias, llevarán a cabo actividades de inspección dirigidas principalmente a puertos pesqueros de los ríos principales de la zona de la Orinoquia, vuelos de carga en distintos municipios y visitas periódicas a centros de acopio, pesqueras, plazas de mercado y demás establecimientos con el fin de garantizar el cumplimiento de ésta medida.
El incumplimiento de la Veda conlleva la imposición de sanciones administrativas que van desde el decomiso del pescado hasta sanciones económicas. De la misma manera, podría acarrear sanciones penales de acuerdo con el Artículo 335 del Código Penal (Ley 1453 de 2011), Ilícita actividad de pesca.
Fuente: Regional Villavicencio Aunap