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Corte Constitucional no limita el plazo para abortar
El presidente de la Corte Constitucional Alejando Linares confirmó, en una rueda de prensa este miércoles, que no se va a limitar el plazo para la interrupción voluntaria del embarazo.
Por: Agencia RedMedios
Luego de que la ponencia presentada por la magistrada Cristina Pardo fuera derrotada ayer por seis votos contra tres, el alto tribunal ratificó la decisión que se había tomado en el año 2006 con la sentencia C-355, en la que se definen las causales de interrupción voluntaria del embarazo que están despenalizadas:
1. Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer.
2.Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida.
3. Cuando el embarazo sea resultado de una conducta debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia de ovulo fecundado no consentidas o de incesto.
“Es obviamente a los médicos a quienes corresponde decidir sobre estas causales” afirmó Alejandro Linares, refiriéndose a las dos primeras y ademas confirmó que no debe existir ningún tipo de barrera administrativa para las mujeres que invoquen el derecho a tener acceso a la interrupción voluntaria del embarazo.
“La Corte Constitucional al no regular el tema de los plazos para la interrupción voluntaria del embarazo, exhorta al Congreso de la República para que ejerza su libertad de configuración legislativa en materia de aborto y en particular, si así lo considera pertinente, que regule el tema de los plazos” declaró Linares en la rueda de prensa.
Por su parte, la senadora de Cambio Radical Claudia Rodríguez de Castellanos expresó que el aborto no es un derecho, en cambio, el derecho a la vida es fundamental y no se puede ponderar con otros. “El aborto es discriminatorio, no porque tenga una condición de discapacidad debemos decretar la pena de muerte para nuestros niños, el aborto no debe existir en Colombia” manifestó.