Tue, 04/12/2022 - 09:32

Grave sanción para el director de gestión pedagógica de la DREL

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Grave sanción para el director de gestión pedagógica de la DREL

Muy grave. Y al parecer la sanción de la institución no estaría contemplando la intervención del ministerio público ya que no sería la primera vez que ocurre ese presunto direccionamiento del servicio de transporte de los docentes y sus familiares. Se viene dando desde las gestiones anteriores.
“Sancionar al servidor Luis Reátegui Dávila, al haberse acreditado suficientemente su participación en los hechos imputados, incurriendo en falta administrativa grave, en consecuencia, se le sancionó con cese temporal de tres (3) meses e inhabilitación para el ejercicio de la función pública docente durante el periodo que dure la sanción.
Al haber infringido el respeto a la Ley y la prohibición de obtener ventajas indebidas para otros” señala entre otros artículos la Resolución Directoral 000814 firmada por Ketty Angulo Bartra.
El proceso en sí se denomina: “Contratación del servicio de transporte fluvial para el traslado de docentes, administrativos y familiares desde Iquitos a Torres Causana, Napo y Yaquerana”. El periodo se dio de enero a marzo de 2020. El área usuaria recayó en Luis Reátegui Dávila, director de gestión pedagógica de la dirección regional de educación de Loreto.
El mismo servidor fue designado presidente titular del Comité de Selección para la conducción del procedimiento de contratación quien elaboró las bases del proceso aprobadas por la oficina de gestión administrativa. Solicitó para el servicio transporte para Torres Causana (250 pasajeros). Napo (250). Yaquerana (270 pasajeros). Solicitando un motor de potencia no menor de 365 hp. Adjuntando los términos de referencia suscritos por Réategui, como área usuaria.
La empresa SERVICIO MULTIMODAL SANTA LUCÍA EIRL, presentó su oferta a través del Seace ofreciendo 3 embarcaciones: Dorisa I (capacidad 117 pasajeros), Dianita I (capacidad 140 pasajeros). Y Don José (capacidad 300 personas. Oferta que no estaba de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases integradas que requerían, como se menciona líneas arriba. Conforme pedía el área usuaria formulado por el propio sancionado Luis Reátegui.
El investigado calificó con un “SÍ CUMPLE” a la mencionada empresa. Cuando en base al requerimiento, ésta debió ser descalificada. El sancionado al haber sido el área usuaria y presidente del comité de selección, no podía desconocer sus propias bases.
Además, dicha empresa con carta 22-2020 el 2 de marzo 2020, solicitó a la oficina de abastecimiento el CAMBIO de las embarcaciones Dn José y Dorisa, por otras embarcaciones denominadas: “Las NINFAS” (que sería de la familia del consejero Javier Villacorta) y “Manolo”, que tenían mucho menos capacidad que las otras. Estaba entre 180 y 120 pasajeros. “Manolo” contaba con un motor de 325 hp. Cuando las bases decían que no tenían que bajar de 365 hp.
Habrían favorecido a la contratista con la orden de servicio 339 del 17 de marzo de 2020 y acta de conformidad 457-2020, otorgando ventajas a la empresa para el cobro de 240 mil soles, en perjuicio del interés general y del correcto ejercicio de la función pública.
El investigado, y sancionado Luis Reátegui; en su defensa dice que han vulnerado su derecho a la legítima defensa al emitirse una resolución sin motivación alguna y que no se evidencia que se haya iniciado una investigación previa tal como señala el inciso 1) del art. 95 del DS 004-2013. ED.
Sin embargo, la sanción no debería quedar únicamente en el ámbito de la dirección de educación, sino que ha debido pasar al ministerio público para profundizar en los actos desarrollados. Es dinero del Estado el que está de por medio. Y no solo eso, sobre todo, la seguridad en el transporte que se les brinda a los docentes, administrativos y sus familiares.
(Luz Marina Herrera Lama).

Fuente consultada https://diariolaregion.com/web/

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