Por pérdida de recursos de Bioenergy y Ecopetrol: Contraloría imputó responsabilidad fiscal por $920.646 millones contra 7 Directivos de Bioenergy Zona Franca S.A.S.
Por pérdida de recursos de Bioenergy y Ecopetrol:
Contraloría imputó responsabilidad fiscal por $920.646 millones contra 7 Directivos de Bioenergy Zona Franca S.A.S.
Se imputó culpa grave a dos gerentes generales y a 5 miembros principales de la Junta Directiva de Bioenergy Zona Franca S.A.S.
De acuerdo a la imputación, no tenía sentido haber dado continuidad al proyecto, destinando los recursos que se recibieron vía capitalización de Bioenergy S.A.S. para terminar la construcción de la planta “El Alcaraván” cuando la Tasa Interna de Retorno de la inversión al momento de la terminación unilateral del contrato con Isolux era tan solo del 2,44%.
No se debió haber dado continuidad a un proyecto que mostraba los indicadores financieros con tendencia a la baja y que finalmente, a febrero de 2017, tenía un CAPEX de USD$778 MM, con una TIR de -1.2% EA.
La TIR de los accionistas se situó entonces en -3.3% EA; y el VPN del proyecto pasó de -401 a -609.
La pérdida de la inversión se materializó al momento en que BIOENERGY S.A. y BIOENERGY ZONA FRANCA S.A.S., en enero de 2020, radicaron ante la Superintendencia de Sociedades una solicitud encaminada a que se realizara la apertura del “proceso de reorganización”, por las pérdidas en que incurrió y que le impedían cancelar oportunamente sus obligaciones, y cuando en junio del mismo año solicitó terminar este proceso y entrar en liquidación.
Igualmente se demostró que la planta “El Alcaraván” fue proyectada con una capacidad de producción de etanol de 504.000 litros al día, pero entre el año 2017 al 2019 se produjeron 131.209.887 litros, lo que se traduce en una utilización de 73 días para el año 2017, 94 para el 2018 y 98 para el 2019, lo que prueba que las decisiones, adoptadas para dar continuidad al proyecto, fueron desacertadas.
Bogotá, 20 de septiembre de 2021.-La Contraloría General de la República imputó responsabilidad fiscal en la suma de $920.646 millones de pesos por la pérdida de recursos públicos de BIOENERGY S.A.S., BIOENERGY ZONA FRANCA S.A.S. y ECOPETROL, con ocasión de las inversiones realizadas para la terminación del componente industrial de la Planta de Producción de Etanol “El Alcaraván”, en el departamento del Meta, a 29 de diciembre de 2017.
A pesar de que financieramente el proyecto no era viable, se dio continuidad a su construcción, pagando aproximadamente 434 millones de dólares más respecto del caso de negocio presentado en octubre de 2011; situación que unida al deficiente desarrollo del componente agrícola, originó que no se diera la productividad esperada, por cuanto BIOENERGY S.A. y BIOENERGY ZONA FRANCA S.A.S. se encuentran en liquidación, lo que hace imposible obtener los flujos de recursos que permitan su recuperación.
Se determinó, que sin haber consolidado el proyecto agrícola con la siembra de la caña necesaria para ser utilizada en la planta de etanol, e incluso, sin que se hubiera obtenido la variedad optima, se adelantó la ejecución del recurso público para la construcción de la planta, invirtiendo dineros adicionales que generaron una pérdida de la inversión por el orden de un billón cuarenta y tres mil millones de pesos, que corresponde al valor de las capitalizaciones realizadas a BIOENERGY ZONA FRANCA S.A.S., para la ejecución del proyecto industrial.
Presuntos responsables:
Mediante Auto No.1481 del 17 de septiembre de 2021, la Contraloría Delegada Intersectorial No. 6 de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción imputó responsabilidad fiscal, a título de culpa grave, contra:
*JAIME LEONARDO FLÓREZ MUÑOZ, Gerente General de BIOENERGY ZONA FRANCA S.A.S. (2009-2012).
*ALECK REMBERTO SANTAMARIA DE LA CRUZ, Gerente General de BIOENERGY ZONA FRANCA S.A.S. (2012-2015)
Y:
*MARIA ELENA VELASQUEZ RESTREPO,
*JUAN FELIPE MUNERA YEPES,
*MARÍA CRISTINA GLORIA INÉS CORTES ARANGO,
*MYUNG - HO LEE
*Y CLAUDIA CASTELLANOS RODRÍGUEZ
(en su calidad de miembros principales de la Junta Directiva)
Igualmente se archivó la investigación a los siguientes presuntos responsables, frente a los cuales se surtirá el grado de Consulta:JUAN CARLOS ROA MÁRQUEZ y la firma española ISOLUX INGENIERIA S.A.
Un proyecto al que no se debió dar continuidad
Los antecedentes de este proceso se relacionan con el hecho de que BIOENERGY ZONA FRANCA S.A.S. contrató con la empresa española ISOLUX INGENIERÍA S.A., mediante Contrato ZF No. 050-10 de junio de 2010, la construcción de la planta industrial de Producción de Etanol “El Alcaraván”, en Puerto López (Meta), con un plazo de 22 meses, la cual iniciaría a funcionar en abril o mayo de 2012.
Sin embargo, el 8 de abril de 2014, después de firmar 6 otrosíes, BIOENERGY ZONA FRANCA S.A.S. terminó el contrato y, para continuar con la ejecución del proyecto en su componente industrial, suscribió el 18 de julio de 2014 el contrato ZF No. 0010 -14 con el CONSORCIO MENEGUA, con un plazo de 14 meses, el que tampoco se cumplió, al celebrar 15 otrosíes, y con el CONSORCIO APPLUS, la interventoría (15 de septiembre de 2014).
Se reprocha por parte del ente de control, el haber dado continuidad a un proyecto que mostraba los indicadores financieros con tendencia a la baja, por cuanto en 2017, año en que se certificó el arranque de la planta industrial (14 de julio de 2017), estos se encontraban negativos (Tasa Interna de Retorno TIR -1.2% EA y Valor Presente Neto VPN -609), con la obtención de utilidades sólo hasta el año 2027.
La CGR comprobó, que desde el momento anterior a la celebración del otrosí No. 6 al contrato C-050-10, en diciembre de 2013, las condiciones financieras mostraban el decrecimiento de la Tasa Interna de Retorno, el cual fue contundente, por cuanto para la fecha que se preveía entraría en funcionamiento la planta “El Alcaraván” (28 de marzo de 2013), la TIR ya se mostraba inferior en un 50% frente al caso de negocio.
Firmado el otrosí No. 6 y terminado el contrato EPC (Ingeniería, Compras y Construcción), en junio de 2014, se aprobó el control de cambios 2, pasando el CAPEX del proyecto de USD$459 a USD$750 millones de dólares, al mismo tiempo que la TIR pasaba del 6.49% EA a 2.44% EA y el VPN del mismo de -102,61 a -152,3 (de junio de 2013 a junio de 2014).
La justificación de la celebración de este control de cambios se dio, entre otras razones, por la contratación que BIOENERGY debió ejecutar para finalizar el proyecto, aumentando de forma considerable los costos de contratos a precios unitarios, e implicando un control mayor con aumento de costos de interventoría y costos de personal en equipo de proyecto.
Concluye la imputación que, con estos indicadores, no tenía sentido haber destinado los recursos que se recibieron vía capitalización de Bioenergy S.A.S., para terminar la construcción de la planta “El Alcaraván” cuando la Tasa Interna de Retorno de la inversión al momento de la terminación unilateral del contrato con Isolux era tan solo del 2,44%.
Controles de cambios y declive de la TIR y el VPN
Pese a lo anterior, el 19 de abril de 2016, se aprobó el control de cambios No. 3, en donde el CAPEX del proyecto pasó de USD$750 MM a USD$733, pero la TIR del proyecto pasó de 2.44% EA a 1.24% EA y el VPN del proyecto de -152,3 a -401.
Finalmente, con el control de cambios No. 4 aprobado en febrero de 2017, el CAPEX llegó a USD$778 MM, con una TIR del proyecto de -1.2% EA y el VPN del proyecto pasó de -401 a -609.
Es así, como se probó que los constantes aumentos en valor y tiempo de ejecución, trajeron como consecuencia que el valor acumulado del proyecto aumentara al actualizar el caso de negocio.
Se determinó que, desde noviembre de 2011, con el otrosí No. 5 (noviembre de 2011), los indicadores financieros tuvieron cambios significativos hasta la fecha de terminación unilateral del contrato con ISOLUX (8 de abril de 2014) y la contratación con el Consorcio MENEGUA (18 de julio de 2014) y el Consorcio APPLUS para la interventoría (15 de septiembre de 2014), lo que originó los controles de cambios, siendo el número 2, el más significativo en el declive de la TIR y el VPN del proyecto.
Concluye también la imputación que, la situación financiera del proyecto no solo era evidente con el incremento en los costos de la construcción de la planta, sino que período tras período, los estados financieros de la sociedad evidenciaban el deterioro de las inversiones, reflejado en el incremento en las pérdidas que iban consumiendo el patrimonio social, situación que era conocida incluso de manera mensual en las reuniones de la Junta Directiva, sin que se evidenciara pronunciamiento ni correctivo alguno, encaminado a revertir este deterioro.
Se tiene entonces que, no se tomaron las decisiones que permitieran modificar el curso de los acontecimientos a medida que estos se iban desarrollando, para poner fin a las pérdidas que se generaban período a período, suscribiendo desde el otrosí No. 5 al contrato C-050-2010, hasta el celebrado con el Consorcio MENEGUA y la interventoría con APLUS, aplazamientos en el cronograma que originaron la necesidad de suscripción de los controles de cambio y las correspondientes capitalizaciones con conocimiento de que se seguirían presentando pérdidas para la sociedad.
Todo lo anterior quedó corroborado, aún más, cuando BIOENERGY S.A. y BIOENERGY ZONA FRANCA S.A.S., el 31 de enero de 2020, radicaron ante la Superintendencia de Sociedades una solicitud encaminada a que se realizara la apertura del “proceso de reorganización”, por las pérdidas en que incurrió y que le impedían cancelar oportunamente sus obligaciones[1] y cuando el 17 de junio del mismo año, se solicitó terminar este proceso y entrar en liquidación.
Es de anotar que la planta fue terminada en 2017, con una capacidad de producción de etanol de 504.000 litros al día, pero entre este año y el 2019, se produjeron 131.209.887 litros, lo que se traduce en una utilización de 73 días para el año 2017, 94 para el 2018 y 98 para el 2019, lo que ratifica que el proyecto agrícola fue un fracaso, lo cual se podía evidenciar desde los inicios del proyecto.
CGR Comunicaciones (CGR)
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